jueves, 5 de mayo de 2011

ESTATUTO FINAL Y APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA ASEXAJIV

TITULO I
DE LA ASOCIACION, SUS FINES Y SUS BIENES

CAPITULO I
GENERALIDADES

Art. 1º La Asociación de Ex-alumnos Inguncinos, es una institución autónoma de derecho privado, sin fines de lucro tiene personería jurídica, es representativa de los Ex alumnos de la I.E. PNP “Juan Ingunza Valdivia” y cuenta con el reconocimiento de la Dirección Regional de Educación del Callao y está amparada por la Ley General de Educación.

Art. 2º La Asociación de Ex-alumnos Inguncinos es por su origen y naturaleza una e indivisible y hace suyos los principios y valores recibidos durante el periodo de formación escolar y agrega tres valores fundamentales: INTEGRACION, SOLIDARIDAD y DESARROLLO.

Art. 3º Las siglas de la Asociación de Ex-alumnos Inguncinos serán las siguientes: ASEXAJIV; y en el articulado siguiente se empleará para nombrarla y distinguirla.

Art. 4º La insignia de la ASEXAJIV  que se graficará en los documentos oficiales, lo mismo que en la banderola será como a continuación se describe:
Tendrá similitud con la insignia del Colegio Juan Ingunza Valdivia, escudo dentro de la cual están las iniciales JIV, con fondo celeste, reposando sobre un libro y flanqueada con dos banderas, una del Perú y la otra de color azulina, en la parte inferior una cinta con los colores rojo y blanco en cuyo interior se lee: ESTUDIO, DISCIPLINA Y HONOR, de manera circular se encierra la insignia con la frase; “ASOCIACION DE EX ALUMNOS DE LA I.E. PNP JUAN INGUNZA VALDIVIA”.

Art. 5º La sede de la ASEXAJIV es la ciudad del Callao, cuyo domicilio legal estará ubicado donde lo fije la Junta Directiva.

CAPITULO II
OBJETIVOS Y FINES

Art. 6º Los fines de la ASEXAJIV están en concordancia con el artículo 9º de la Ley de Educación 23384 del 19.05.82 y son los fines siguientes:

a)  Agrupar a los Ex alumnos del Colegio Juan Ingunza Valdivia, sobre la base de valores y principios de Solidaridad, integración y desarrollo.
b)  Estimular los vínculos de camaradería entre sus miembros, fomentando la hermandad y el espíritu de ayuda mutua.
c)  Difundir la cultura en todas las esferas de la colectividad y orientar a los actuales alumnos del Colegio Juan Ingunza Valdivia.
d)  Realizar actividades de proyección social hacia la comunidad en general y hacia la familia Inguncina en especial.
e)  Fomentar las actividades deportivas, culturales y sociales entre sus miembros.
f ) Contribuir en el desarrollo y el mejoramiento de la calidad educativa de la  Institución JIV.

CAPITULO III
RENTAS Y BIENES

Art. 7º Constituyen bienes de la  ASEXAJIV los que adquiera por su propia cuenta o por cualquier otro titulo.
Constituyen rentas las cuotas de los socios, los fondos obtenidos como productos de las actividades, las donaciones y los aportes de los socios honorarios.

Art. 8º En caso de disolución de la ASEXAJIV sus bienes sociales pasarán a propiedad del Colegio Juan Ingunza Valdivia.


TITULO II
DE LOS ASOCIADOS

Art. 9º Se consideran como socios activos de la ASEXAJIV aquellos ex alumnos del Colegio “Juan Ingunza Valdivia” que:

a) Hayan concluido sus estudios secundarios (Promoción).
b) Hayan concluido estudios primarios y haber estudiado hasta el segundo de secundaria o hayan estudiado como mínimo tres años de secundaria y que no se encuentren afiliados a otra institución similar.

Art. 10º Son obligaciones de los socios activos:

a) Asistir puntualmente a las Asambleas Generales.
b) Desempeñar los cargos y comisiones que se les encomiende.
c) Abonar con puntualidad sus cuotas mensuales y las extraordinarias.
d) Participar en las actividades que la ASEXAJIV organiza.
e) Formar parte de los equipos de trabajo de las secretarías.
f ) Procurar el bien material y espiritual de la ASEXAJIV.

Art. 11º Son derechos de los socios activos:

a)  Elegir y ser elegidos para ocupar cargos directivos.
b) Gozar de los derechos inherentes y beneficios a que se hace acreedor en su condición de      socio activo.       
c) Derecho al uso de las instalaciones deportivas del Colegio Juan Ingunza Valdivia según las disposiciones establecidas por la Dirección del Colegio y previa presentación de su carnet de asociado.
d) Participar con voz y voto en las sesiones de la Asamblea general: y solo con voz en las sesiones de junta Directiva.
e) Elevar a la junta Directiva sugerencias sobre actividades diversas que vayan en beneficio del estudiantado y familia Inguncina.

Art 12º Es derecho de los socios activos que hayan concluido estudios secundarios (Promoción) y que se encuentren al día en sus aportaciones a la ASEXAJIV, poder obtener vacantes para matricular a sus hijos en los niveles inicial, primaria o Secundaria de acuerdo a los convenios que se establezcan con la Dirección del JIV.

Art. 13º Todo socio activo de la ASEXAJIV deberá contar con su respectivo carnet, para los fines de identificación, derecho a las instalaciones deportivas del Colegio Juan Ingunza Valdivia, según disposiciones establecidas y las que adquieran la ASEXAJIV.

Art. 14º Serán denominados como socios pasivos, aquellos socios activos quienes que por efecto de su residencia se encuentren fuera del departamento de Lima o el Callao y dejaran de cotizar.

Art. 15º Los socios pasivos para retomar su condición de activos deberán cancelar el equivalente a cinco (05) cuotas mensuales vigentes.

Art. 16º Se consideraran como socios honorarios aquellos que designe la junta Directiva por su labor comprobada en beneficio de la ASEXAJIV y  la familia Inguncina.

Art. 17º Son atribuciones de los socios honorarios y transeúntes:

a)  Gozar de voz en las sesiones de la asamblea de la ASEXAJIV.
b)  Tomar parte en las actividades que realice la ASEXAJIV.
c)  Contribuir en forma material o espiritual con la institución y la familia Inguncina.


TITULO III
DE LOS ORGANOS DE LA ASOCIACION

CAPITULO IV
LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 18º La Asamblea General es el órgano supremo de la ASEXAJIV y está constituida por todos sus socios activos, siendo sus fallos inapelables.

Art. 19º La Asamblea General será convocada por el Presidente de la Junta Directiva o  a solicitud de la quinta parte de los socios activos que figuren inscritos y que residan en Lima o Callao.

Art. 20º La Asamblea General Ordinaria se reunirá tres veces al año:

a)  La primera, antes de iniciar el año lectivo de la I.E. PNP “Juan Ingunza Valdivia”, para aprobar el plan anual de trabajo de la Junta Directiva.
b)  La segunda, antes de la  reunión de confraternidad de Ex alumnos con motivo del aniversario de la I.E “Juan Ingunza Valdivia”.
 c) La tercera, para aprobar la memoria anual del Presidente y la Juramentación de la nueva Junta Directiva al término de su ejercicio.

Art. 21º La Asamblea General Extraordinaria se reunirá cuando la naturaleza del caso lo requiera.

Art. 22º La Asamblea General sesionará con quorum reglamentario, que será la tercera parte de los socios activos inscritos residentes en Lima y Callao en primera citación, en una segunda citación sesionara con los asistentes. Teniendo sus acuerdos plena validez.

Art. 23º La convocatoria a la Asamblea General se efectuara mediante los medios de comunicación social existentes en la localidad de Lima y Callao, pudiéndose citar dos veces reglamentarias con un lapso prudencial de intervalos.

Art. 24º Son atribuciones entre otras de la Asamblea General Extraordinaria:

a)  Modificar los estatutos de la asociación.
b)  Resolver las situaciones que se sometan a su consideración.


CAPITULO V
LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 25º La junta Directiva es el órgano representativo y ejecutivo de  la Asociación la que estará conformada por Ex alumnos de varias Promociones.

Art. 26º La Junta Directiva estará conformada por:
1.         Presidente
2.         Vicepresidente
3.         Secretario de Organización
4.         Secretario de Economía
5.         Secretario de Cultura y Deportes.

Art. 27º El periodo administrativo de la Junta Directiva será de cuatro  años para la primera junta fundadora y de dos años a partir de la segunda junta directiva comprendido desde el momento de su juramentación, pudiendo ser reelegida.

Art. 28º La Junta Directiva se reunirá ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando la naturaleza del caso así lo requiera, siendo convocada por el presidente o por tres de sus miembros.

Art. 29º La Junta Directiva sesionara mediante citación personal el quorum será con un mínimo de tres integrantes.

Art. 30º La Junta Directiva se reunirá para tratar reconsideraciones si lo solicita por lo menos  uno de sus miembros debidamente sustentado, en sesión extraordinaria.

Art.31º Son obligaciones de la Junta Directiva y deviene en responsabilidad solidaria:

a)  Del manejo y destino de los fondos de la ASEXAJIV.
b)  De le tenencia de los Libros de la ASEXAJIV.
c)  Del cumplimiento al presente Estatuto.
d)  Del cumplimiento de los acuerdos tomados en Asamblea General.

Art. 32º Son atribuciones de Junta Directiva:

a)  Dirigir los destinos de la ASEXAJIV de acuerdo a los fines.
b)  Velar por el cumplimiento del Estatuto, aplicar las medidas disciplinarias  necesarias.
c)  Contemplar y aprobar el rol de actividades que cada secretaria debe presentar.
d)  Aprobar el Reglamento del Comité Electoral.
e)  Nombrar a los socios Honorarios.
f ) Designar a socios para cubrir vacantes en caso de exclusión de miembros de la Junta Directiva, con cargo a dar cuenta a la Asamblea General.

Art. 33º Cada secretario podrá escoger entre los socios activos a las personas que considere conveniente para constituir su Comité de Trabajo, dando cuenta a la Junta Directiva y debiendo presentar un Plan de Trabajo anual para su aprobación.

Art. 34º La Junta Directiva nombrara Asesores Profesionales a ex alumnos de la I.E Juan Ingunza Valdivia asociados a la ASEXAJIV para los fines que crea convenientes.


CAPITULO VI
DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA

A. PRESIDENTE

Art. 35º Son atribuciones del Presidente:

a)  Representar a la ASEXAJIV en Actos Públicos y Privados.
b)  Convocar y dirigir las sesiones de la Asamblea General y Junta Directiva, dirigiendo el debate, encargando la Dirección del mismo si requiera hacer  uso de su defensa, al Vicepresidente.
c)  Firmar con los secretarios los documentos correspondientes.
d)  Gozar además de su voto ordinario, de voto dirimente en los casos de empate que se produzca en directiva o en Asamblea General.
e)  Coordinar y realizar las actividades con las diversas secretarías.
f ) Presentar la memoria respectiva, exponiendo la labor realizada, las necesidades y las sugerencias correspondientes.
g)  Resolver asuntos o situaciones de urgencia.
h)  Mantener las relaciones con otras instituciones similares asociaciones culturales, deportivas u otros organismos.

B. VICEPRESIDENTE

Art. 36º Son atribuciones del Vicepresidente:

a)  Secundar en sus funciones al Presidente.
b)  Reemplazar al Presidente en casos de ausencia temporal o delegación.
c)  Reemplazar al Presidente e caso de renuncia o muerte asumiendo la Presidencia hasta el término del mandato directivo.
d)  Asumir la Dirección de debates en caso que el Presidente realice su autodefensa.
a)  Redactar y difundir toda la información que emane de ASEXAJIV, y sus actividades por los medios de comunicación escritos y hablados.
d)  Proponer las actividades hacia la comunidad y familia Inguncina.

C. SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN

Art. 37º Son atribuciones del Secretario de Organización:

a)  Reemplazar al Vicepresidente.
b)  Llevar los Libros de Actas, archivos y registros de la ASEXAJIV.
c)  Firmar los documentos pertinentes, extender las credenciales.
d)  Enlazar las actividades con las demás secretarías.
e)  Redactar la correspondencia y emitir las tarjetas y comunicaciones de felicitación en caso de onomásticos, matrimonio, ascensos, Navidad, etc. así como de las actividades de apoyo en caso de fallecimiento.
f ) Proponer las actividades organizativas correspondientes.
g)  Citar a los miembros de la Junta Directiva a sesión, y a la Asamblea General.
h)  Coordinar las reuniones sociales como el reencuentro de ex alumnos por el aniversario de la I. E., Navidad, etc.
i)   Coordinar con la secretaría de Economía, para el mejor desempeño de sus funciones.

D. SECRETARIO DE ECONOMIA

Art. 38º Son atribuciones del Secretario de Economía:

a)  Recaudar las cuotas y otorgar los recibos cancelatorios.
b)  Cautelar los bienes de la ASEXAJIV.
c)  Cancelar las facturas, realizar los gastos autorizados.
d)  Proponer a la Junta Directiva iniciativas para obtener fondos.
e)  Llevar el libro de caja de la ASEXAJIV. Confeccionar los balances anuales.
f ) Con el presidente abrir libreta de ahorros y/o cuenta corriente bancaria para efectuar depósito de los fondos, los que solo se podrán retirar con las firmas del Presidente y Secretario de economía.

H) SECRETARIO DE CULTURA Y DEPORTES.

Art. 39º Son atribuciones del Secretario de Deportes:

e)  Editar los boletines, revistas y otras publicaciones de la  ASEXAJIV.
a)  Organizar los certámenes deportivos, efectuando competencias internas y externas de la   ASEXAJIV y la familia Inguncina.
b)  Controlar y mantener en buen estado los implementos y bienes deportivos de la ASEXAJIV.
c)  Proponer y coordinar las excursiones, paseos, actividades recreativas de los asociados y familiares.
d)  Coordinar con su comité, el uso de las instalaciones físicas de la I.E PNP Juan Ingunza Valdivia para sus actividades deportivas.


TITULO IV
DE LAS ELECCIONES

Art. 40º Para ejercer el derecho de elegir y ser elegido, tanto los electores como los candidatos deberán estar al día en sus aportaciones a la ASEXAJIV.

Art. 41º El presidente y los miembros de la Junta Directiva serán elegidos mediante voto directo, secreto y obligatorio, Basta mayoría simple.

Art. 42º Las elecciones serán llevadas a cabo por un Comité Electoral designado en Asamblea general, cuyos integrantes no podrán ser candidatos y estará conformado por:

           Presidente
           Secretario
           Vocal

Art. 43º El Comité Electoral dentro de los quince días de ser designado, elaborará el Reglamento Electoral, convocara y llevara a cabo las elecciones, fijando la fecha, hora, lugar, etc. Elaborar los Padrones, votos, ánforas, etc.
Difundirá adecuadamente el acto electoral, recibiendo y propiciando la inscripción de los candidatos o listas, resolviendo con autonomía las situaciones que se les plantee.

Art. 44º Terminado el acto eleccionario el presidente del Comité Electoral procederá al escrutinio correspondiente, proclamara a los candidatos elegidos por mayoría simple, les extenderá sus credenciales, firmando un acta del suceso.

Art. 45º La juramentación del presidente se la nueva Junta Directiva se realizara en Asamblea General Ordinaria, donde se leerá la memoria correspondiente al Presidente cesante.


TITULO V
DE LAS FALTAS Y SANCIONES

Art. 46º Las sanciones que pueden ser aplicadas por la Junta Directiva son:

a)  Amonestación escrita.
b)  Multa no menor de dos cuotas mensuales.
c)  Subrogación del cargo de comité o equipo de trabajo.
d)  Voto de extrañeza.

Art. 47º Los miembros de la Junta Directiva que tengan inasistencias injustificadas a las sesiones serán sancionadas de la siguiente manera:

a)  Por dos faltas consecutivas o tres alternadas: amonestación escrita.
b)  Por tres faltas consecutivas o cinco alternadas: multa no menor de dos cuotas mensuales y amonestación escrita.
c)  Por número mayor de faltas se considerara vacancia del cargo directivo.

Art. 48º Las faltas de los socios activos o directivos que atenten contra la disciplina, estatutos o fines de la ASEXAJIV serán calificados por la Junta Directiva en sesión extraordinaria convocada para ese fin, debiéndose citar por escrito al interesado para escuchar su descargo.
Se sancionara sin necesidad de la presencia del interesado si en segunda citación escrita este no se hace presente.

Art. 49º Las sanciones que son potestad de la Asamblea General son:

a)  Inhabilitación para ejercer el cargo directivo por un año.
b)  Voto de extrañeza, en cuyo caso se considera separado temporalmente de la ASEXAJIV debiendo, si lo desea, solicitar su reinscripción pasado un mínimo del periodo de la Junta Directiva para ser reconsiderado como socio activo en el siguiente periodo administrativo, si es aprobada su reinscripción.

Art. 50º En caso de renuncia, vacancia, subrogación de cargo directivo, la Junta Directiva señalara o designara temporalmente a otro socio para ocupar dicho cargo, debiendo ser ratificado en la Asamblea general posteriormente, bastando mayoría simple.


TITULO VI
DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art. 51º Para efecto de comunicación o correspondencia se señala, el correo asexalumnosjiv@gmail.com, el blog http//.asexalumnosjiv.blogspot.com y el  facebook Juan Ingunza Valdivia.

TITULO VII
DISPOSICIONES DIVERSAS

Art. 52º La  junta directiva de la ASEXAJIV deberá coordinar permanentemente con la autoridad policial su apoyo al desarrollo de la institución educativa y en beneficio directo de los alumnos inguncinos.

Art. 53º Las filiales constituidas nombraran un delegado permanente ante la Junta Directiva de la ASEXAJIV, el cual será socio activo.

Art. 54º Podrán nombrarse DELEGADOS por promociones para constituir un organismo de apoyo y coordinación con la Junta Directiva.

Vipol - Callao, marzo 2011